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martes, 4 de febrero de 2014

Regulación tarjetas electronicas grado de discapacidad

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha planteado al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que regule la emisión de un modelo de tarjeta electrónica acreditativa del grado oficial de discapacidad, de ámbito nacional, con el fin de facilitar a las personas con discapacidad el acceso a las prestaciones, apoyos y ayudas asociados a la situación de discapacidad legalmente reconocida.

Precisamente, el Cermi recuerda en una nota que la Comisión de Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso de los Diputados aprobó una iniciativa por la que se instaba al Gobierno a adoptar un documento acreditativo del grado de discapacidad ("certificado de discapacidad"), actualmente expedido en soporte de papel en gran parte de las comunidades autónomas, en un formato de tarjeta electrónica similar al del vigente modelo de Documento Nacional de Identidad. "Este mandato parlamentario no ha sido cumplido aún por el Ejecutivo, con el consiguiente perjuicio para las personas con discapacidad", indica la entidad.

Para hacer efectivo este acuerdo del Congreso, el Cermi ha propuesto a Sanidad modificar el Real Decreto 1971/1999, que regula la declaración del grado de discapacidad, con objeto de incorporar una disposición adicional, que recoja el mandato de la Cámara Baja, dirigida a que en un plazo breve se puede disponer en todas las comunidades autónomas de este documento en el nuevo formato. Para ello, indica el Cermi, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el plazo de seis meses desde la modificación del real decreto citado, debería impulsar la implantación de la tarjeta electrónica de acreditación del grado de discapacidad, con validez en todo el territorio nacional, acordando con las comunidades autónomas su formato y datos comunes a incluir en la misma. La nueva tarjeta acreditativa debería reunir las debidas condiciones de accesibilidad (como caracteres braille, etc.) para la persona titular que las precise.

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